La administración nacional oficializó este martes el esquema de distribución de partidas que componen al Presupuesto 2026 junto a un conjunto d
e reglas que refuerzan la centralización del control sobre los fondos públicos y la designación de cargos en los distintos organismos de la administración nacional, con un rol preponderante de la Jefatura de Gabinete y del Ministerio de Economía en cada instancia clave del proceso.
La medida, instrumentada mediante el decreto 1/2026 y publicada en el Boletín Oficial, detalla los créditos asignados a cada organismo, tanto para gastos corrientes, como salarios y servicios, como para gastos de capital vinculados a obras y equipamiento, en línea con lo previsto por la Ley N° 27.798 y con anexos que detallan los montos disponibles para cada jurisdicción.
Uno de los ejes centrales es la ampliación de las facultades del jefe de Gabinete, que podrá redistribuir los créditos hasta el nivel más desagregado de las partidas según programas y categorías, una potestad que el Gobierno presenta como una herramienta de ordenamiento, pero que reduce los márgenes de autonomía de las áreas ejecutoras en la administración de sus presupuestos.
En materia de empleo público, la normativa fija nuevas restricciones para cubrir vacantes y modificar estructuras, ya que cada organismo deberá acreditar la disponibilidad real del cargo y el financiamiento correspondiente, mientras que cualquier movimiento en puestos ejecutivos requerirá la intervención previa de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública y de la Secretaría de Hacienda, además de la firma final del Presidente.
El control sobre el gasto se extiende también al monitoreo permanente de la dotación de personal y de las contrataciones, que deberán informarse trimestralmente a Hacienda, así como al financiamiento de empresas públicas no financieras, que quedará concentrado en la órbita del Tesoro y condicionado al cumplimiento de requisitos legales y administrativos previos.
A su vez, la decisión administrativa refuerza los filtros técnicos para la realización de obras y la compra de bienes de uso, al exigir dictámenes favorables de la Dirección Nacional de Inversión Pública, y establece un esquema de seguimiento periódico de la ejecución física y financiera de los programas, con la advertencia de que el incumplimiento reiterado en la presentación de información podrá derivar en la suspensión de pagos.
DOCUMENTO OFICIAL