El Gobierno dio un nuevo paso en la "batalla cultural" que encabeza el presidente Javier Milei y modificó la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para impedir el "adoctrinamiento" en las escuelas: estableció que "la imposición de una manera de pensar y/o actuar político partidaria, especialmente en el ámbito educativo, vulnera el derecho a la dignidad y la integridad personal" de los menores.
La medida se implementó a través del Decreto 1086/2024, publicado este martes en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
Además, mediante el Decreto 1084/2024, se prohibió la "propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios públicos" y se imposibilitó la denominación de estos con nombres de personalidades políticas antes de diez años de su muerte.
La norma busca enmarcarse en el artículo 13 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que estipula que el niño tendrá derecho a la libertad de expresión, lo que incluye la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el niño.
El texto también expresa que "los derechos enumerados precedentemente resultan vulnerados especialmente cuando en el ámbito educativo se pretende efectuar un adoctrinamiento político de los niños, niñas y adolescentes, imponiendo una manera de pensar y/o actuar político partidaria, lo que constituye un trato que afecta la dignidad, la integridad moral y la libertad de pensamiento".
"Dada la importancia del rol que cumplen los docentes en el desarrollo de la vida y la libertad de los niños, es fundamental que estos no impongan una determinada forma de pensamiento ni limiten de ninguna manera el libre desarrollo de las ideas, evitando cualquier posible adoctrinamiento", insiste el decreto en sus considerandos.
Así, la norma incorpora a la Reglamentación de la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes el párrafo: "La imposición de una manera de pensar y/o actuar político partidaria, especialmente en el ámbito educativo, vulnera el derecho a la dignidad y la integridad personal de los niños, niñas y adolescentes, constituyendo un trato que afecta su integridad personal".
PROPAGANDA EN EDIFICIOS PÚBLICOS
A través del Decreto 1084/2024, el Ejecutivo prohibió la "exhibición, colocación o difusión de imágenes, símbolos, obras o cualquier otra referencia personal que pueda interpretarse como una forma de propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios u obras públicas, oficinas, monumentos u otros bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Estado Nacional".
La norma impide además "la denominación de los bienes mencionados con nombres de personalidades políticas antes de transcurridos diez años desde su fallecimiento o desaparición física o desde los acontecimientos históricos que se pretenda honrar. Tampoco podrán asignarse denominaciones que correspondan a personas que hayan ejercido funciones como autoridades nacionales, provinciales o municipales mediante actos de fuerza contra el orden constitucional y el sistema democrático".
Por último, prohíbe a los funcionarios públicos, independientemente de su rango y modo de designación o contratación, "utilizar recursos o bienes del dominio público o privado del Estado Nacional con la finalidad de promocionar, celebrar, conmemorar u homenajear su propia imagen, ideología, afiliación política, partido político o cualquier atributo personal". "La violación por parte de un funcionario público de las prohibiciones establecidas en el presente decreto constituye una infracción grave en el ejercicio de la función pública", establece el texto.