El gobierno de Javier Mile
i oficializó este jueves la convocatoria al Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) para el próximo jueves 18 de julio a las 16:30 de manera virtual. En encuentro será encabezado por el subsecretario de Trabajo,
Martín Huidobro.
A través de la Resolución 10/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. El llamado a una segunda sesión será el mismo día a las 18.
En medio de la fuerte caída del poder adquisitivo, los representantes de los trabajadores buscarán en la negociación compensar el costo de vida, que fue del 4,2% en mayo, mientras
se espera que cierre alrededor del 5% en junio.
En la última reunión del Consejo del Salario, el Gobierno terminó fijando el valor del salario mínimo de abril y mayo 2024 ante la falta de acuerdo entre representantes empresarios y sindicales. Por lo que, a partir del 1° de abril de 2024,
el salario mínimo fue establecido en 221.052 pesos para todos los trabajadores mensualizados y en 1.105,26 pesos por hora para los jornalizados, según la Resolución 9/2024. Representó un aumento del 9% en relación con los 202.800 pesos de marzo.
En tanto,
a partir del 1° de mayo de 2024, el SMVM pasó a 234.315,12 pesos para los trabajadores mensualizados y a 1,171,58 pesos por hora
, lo que a su vez representó un incremento del 6% con relación a abril y un 15,54% respecto de marzo. Sin embargo,
la inflación a mayo fue del 71,9%, mientras que el SMVM se incrementó un 50,2% (pasó de $156.000 a $234.315) lo que representa
un deterioro del poder adquisitivo del 21,7 puntos porcentuales.
Cabe señalar que la modificación del salario mínimo también afecta a las jubilaciones y a las prestaciones por desempleo.
Quienes se jubilaron con 30 o más años de aportes (sin recurrir a las moratorias) tienen derecho a cobrar el 82% del sueldo mínimo.
Por los despidos, el número de trabajadores cesanteados que están cobrando esta Prestación o seguro de desempleo empezó a subir desde fines del 2023 y durante estos meses de 2024 por la caída de la actividad en el sector privado. En sí,
la Prestación por Desempleo se fijó en el equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo. En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo ni superior al 100% del salario mínimo.