19.05.2026 / Judiciales

La Justicia ordenó al Pami y al Ministerio de Salud a restablecer los pagos a prestadores de discapacidad

El magistrado Miguel Hugo Vaca Narvaja fijó un plazo máximo de 72 horas para que el Gobierno nacional cumpla con esta disposición. La medida cautelar responde a un amparo colectivo presentado por la abogada Marta Lastra, en representación del colectivo Defendamos Córdoba, junto a diversas instituciones y centros terapéuticos locales.





En una resolución de fuerte impacto social, el Juzgado Federal N° 3 de Córdoba ordenó de manera urgente a Pami y al Ministerio de Salud de la Nación -mediante el programa Incluir Salud- normalizar el pago de las prestaciones para personas con discapacidad. El magistrado Miguel Hugo Vaca Narvaja fijó un plazo máximo de 72 horas para que el Gobierno nacional cumpla con esta disposición.

La medida cautelar responde a un amparo colectivo presentado por la abogada Marta Lastra, en representación del colectivo Defendamos Córdoba, junto a diversas instituciones como Apadim, el Pequeño Cottolengo Don Orione y centros terapéuticos locales.

El fallo busca proteger a titulares de pensiones no contributivas y beneficiarios del Certificado Único de Discapacidad, asegurando la continuidad de servicios esenciales que se encontraban en riesgo por la falta de acreditación de fondos.

El magistrado subrayó que las demoras crónicas y la interrupción en la entrega de fármacos representan un "riesgo inminente" para un sector de alta vulnerabilidad.

Según la resolución, el Estado intentó "evadir o dilatar" sus obligaciones constitucionales de protección integral.



El desfinanciamiento llevó a situaciones críticas. En los fundamentos, el juez destacó el caso del Pequeño Cottolengo Don Orione, que debió afrontar más de $ 41 millones en intereses ante Arca por aportes y contribuciones impagas durante 2026, producto del atraso en los cobros estatales.

Este escenario se enmarca en la Ley 27.793, que declara la emergencia nacional en materia de discapacidad hasta diciembre de 2026.

La cautelar tendrá una vigencia inicial de seis meses o hasta que se dicte una sentencia firme, bajo apercibimiento de ley en caso de incumplimiento por parte de los organismos nacionales.