La Corte Suprema desestimó este jueves, por “inadmisible”, un recurso del Estado Nacional que buscaba revertir la obligación de distribuir alimentos destinados a comedores comunitarios. El planteo había sido impulsado por Leila Gianni, entonces subsecretaria Legal del Ministerio de Capital Humano, con el patrocinio de Rodolfo Barra, en un intento por frenar el fallo que exigía al Ejecutivo presentar un plan de reparto.
El conflicto se originó tras la suspensión de la entrega de alimentos en el marco del Plan Nacional *Argentina contra el Hambre*. La denuncia presentada por el dirigente social Juan Grabois tomó fuerza luego de que trascendieran reportes periodísticos que hablaban de un stock cercano a los cinco millones de kilos almacenados en Villa Martelli y Tafí Viejo, incluida leche próxima a vencer. La fiscal Paloma Ochoa reclamó medidas urgentes y el juez Sebastián Casanello ordenó elaborar un plan de distribución acorde al tipo de productos, su vencimiento y la población destinataria, además de un informe del stock en 72 horas.
Gianni apeló la resolución y protagonizó duros cruces con Grabois durante la audiencia ante la Cámara Federal, que derivaron en pedidos de sanción para ambos. Los camaristas Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico confirmaron la cautelar y recordaron que el Ministerio pudo solicitar una prórroga en lugar de denunciar una supuesta intromisión judicial, estrategia que continuó en instancias superiores.
Tras un nuevo rechazo en la Cámara de Casación, el Gobierno llevó el caso a la Corte mediante una queja que pretendía frenar la medida. Sin embargo, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti la desestimaron con fundamento en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, dejando firme la obligación del Ejecutivo. La decisión no solo ratifica la intervención judicial ante la inacción del Gobierno, sino que vuelve a poner en el centro del debate la política alimentaria en un contexto social cada vez más crítico.