20.04.2026 / ESPÍAS Y CONTROL EN REDES SOCIALES

Denuncian persecución política por parte del juez que le denegó la domiciliaria a Julio De Vido: el historial del magistrado

Se trata de Ricardo Basílico, quien el pasado viernes rechazó el pedido del exfuncionario y que a su vez es quien comanda una red de agentes encubiertos bajo la órbita del Gobierno Nacional. El magistrado dirige un comando de agentes encubiertos creado por Bullrich en 2025. Desde el entorno del exfuncionario denuncian persecución política.




Ricardo Basílico, el juez que el pasado viernes le denegó la prisión domiciliaria a Julio De Vido, comanda una red de agentes encubiertos bajo la órbita del Gobierno Nacional.

El ex ministro de Planficación Federal durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner había presentado el pedido luego de ser intervenido de urgencia el 1° de abril por una arritmia, que lo obligó a permanecer en cuidados intensivos, ya que, además de sus cardiopatías, es insulino dependiente por un cuadro de diabetes y sufre hipertensión.

Según el magistrado, como el sistema penitenciario respondió correctamente a la emergencia y tuvo una reacción eficaz y suficiente, no hay motivo suficiente para que De Vido continúe su condena en su casa. Además, el Cuerpo Médico Forense detalló que su estado de salud es compatible con el encierro. Basílico, sin embargo, sostiene vínculos estrechos con el Poder Ejecutivo lo cual pone en duda que la decisión de mantener la prisión efectiva del exfuncionario esté relacionada con los argumentos jurídicos presentados.

El pasado 8 de julio de 2025, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 829/2025, la cual lleva la firma de la ahora senadora, pero por entonces ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, que creó un Consejo Académico para la Formación y Capacitación de Agentes Encubiertos, presidido por el propio juez. Según reza el texto de la norma, el Consejo debe establecer los "lineamientos generales para una actuación procesal segura y eficaz en las investigaciones penales", como así "promover la utilización de la figura del agente encubierto en las investigaciones sobre delitos complejos".
AGENTES CUBIERTOS DIGITALES

El gobierno de Javier Milei puso en marcha en 2025 un protocolo para el despliegue de agentes encubiertos digitales en causas judiciales de delitos complejos, donde los sospechosos utilizan los sitios web y las redes sociales para cometer ilícitos. La medida se publicó en el Boletín Oficial a través de la Resolución 828/2025, firmada por la ministra de Seguridad nacional, Patricia Bullrich. Se trata de un marco normativo para el desarrollo de las tareas de los "agentes encubiertos digitales" y "agentes reveladores digitales" de las fuerzas federales, cuando su intervención es requerida por la Justicia.

El protocolo regula los criterios para la designación de los agentes, y define las medidas de seguridad para quienes se infiltran cuando tienen que intervenir en la esfera digital. Hasta ayer, la Ley N° 27.319 reglamentaba las pautas para la actuación presencial de los agentes encubiertos, informantes y otras figuras similares, pero faltaban precisiones sobre su intervención en las plataformas virtuales.

La normativa incluye la creación de un "Registro de avatares" destinado a planificar la generación y uso de identidades ficticias para brindar apoyo en las investigaciones penales. De esta manera, los perfiles de usuario que se creen para obtener información de los posibles delincuentes y organizaciones criminales estarán supervisados por la cartera de Bullrich. La medida de Bullrich contempla la creación de un Consejo Académico para la Formación y Capacitación de Agentes Encubiertos, presidido por el propio juez Basílico.

EL PROTOCOLO

Según se desprende del protocolo, el procedimiento se inicia con el oficio judicial que ordena la utilización de un agente encubierto digital. La Unidad Especial de Agentes Encubiertos solicita entonces a la fuerza policial o de seguridad interviniente la propuesta de un agente que cumpla con los requisitos de idoneidad y capacitación, fijados en la Ley 27.319. Luego, la Dirección Nacional de Normativa y Relaciones con los Poderes Judiciales y los Ministerios Públicos analiza la propuesta y decide su aceptación o rechazo. En caso de rechazo, se solicita una nueva propuesta.

El agente designado elige los datos biográficos ficticios (el "avatar") que utilizará para cumplir su misión y debe elevar una nota de aceptación del cargo. La Unidad Especial registra la actuación bajo un código de seguridad único y mantiene la documentación bajo custodia reservada. Además, se prevé que el Renaper pueda cargar los datos ficticios en las bases correspondientes, y emitir la documentación física o digital respaldatoria, en caso de que se necesite. El resguardo de la identidad ficticia es obligatorio para todos los funcionarios públicos que intervienen en el proceso, y se advierte que filtrarlo puede acarrear sanciones y otras responsabilidades penales.

Por último, se establece que el uso de la identidad ficticia queda limitado exclusivamente a la misión judicialmente encomendada. Al finalizar su tarea, las autoridades deben suprimir la identidad ficticia de todas las bases de datos. Solo de manera excepcional, se permite que el agente continúe utilizando la identidad falsa si se justifica para su seguridad personal o una nueva investigación.