14.07.2023 / Elecciones 2023

Fallo a favor de Jorge Macri: la Corte de la Ciudad lo habilitó a ser candidato

El máximo tribunal porteño rechazó las impugnaciones presentadas por Vannina Biasi y Juan Pablo Chiesa, también precandidatos a jefe de Gobierno porteño por otros partidos. La decisión puede ser apelada a la Corte Suprema que esta semana rechazó intervenir de manera directa en el caso.





El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires falló este viernes a favor de la precandidatura de Jorge Macri para jefe de gobierno porteño tras las impugnaciones presentadas por Vannina Biasi y Juan Pablo Chiesa, aspirantes al mismo cargo pero de otros partidos. 

Se trató de un fallo dividido cuyos considerandos se desplegaron en 29 páginas. Por rechazar el planteo votaron los jueces Inés Weinberg de Roca, Luis Lozano -aunque hizo sus consideraciones sobre el alcance de los cinco años-, Santiago Otamendi y Marcela De Langhe. En tanto, Alicia Ruiz votó por impugnar la candidatura.

La decisión puede ser apelada a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que esta semana rechazó intervenir de manera directa en el caso.

La discusión sobre la candidatura de Macri está centrada en uno de los requisitos que el artículo 97 de la Constitución de la Ciudad establece para postularse a jefe de gobierno. Se requiere “ser nativo de la Ciudad o poseer una residencia habitual y permanente en ella no inferior a los cinco años anteriores a la fecha de elección”.

El primo de Macri nació en la ciudad bonaerense de Tandil y en 2019 fue electo por tercera vez como intendente de Vicente López por lo que en los últimos cinco años no residió en la Ciudad.

El Tribunal Electoral de CABA rechazó el planteo de Biasi y Chiesa porque sostuvo que los cinco años no son inmediatamente anteriores a la elección y que a lo largo de su vida Macri cumple con ese requisito porque residió en la Ciudad. En la misma línea se pronunció el miércoles el fiscal general de la Ciudad, Juan Mahiques, que dictaminó que la candidatura de Macri era legal.

Los jueces Weinberg de Roca, Otamendi, Lozano y De Langhe señalaron que los impugnaciones no tienen legitimidad para hacerlo, es decir para intervenir en el caso. Puntualmente señalaron que las objeciones a una candidatura se tienen que presentar en la Junta Electoral del partido y que para eso la ley establece 48 horas desde que la postulación se presentó. Las impugnaciones se hicieron directamente ante el Tribunal Electoral de la Ciudad sin pasar por la Junta del partido.

En paralelo a la causa en la Ciudad, Biasi se presentó directamente en la Corte Suprema de Justicia de la Nación con un reclamo similar. El máximo tribunal rechazó el martes intervenir de manera directa porque consideró que el caso no es de instancia originaria de la Corte Suprema y que eventualmente la causa podría llegar a través de la apelación que se haga del expediente que tramita en la justicia de la Ciudad.

“Esta Corte reiteradamente ha establecido que la apertura de su jurisdicción originaria en razón de la materia –cuando es parte una provincia o, como en el caso, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -solo procede cuando la acción entablada se funda directa y exclusivamente en prescripciones constitucionales de carácter nacional, leyes del Congreso, o tratados, de tal suerte que la cuestión federal sea la predominante en la causa”, señalaron ayer los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.

El fallo del TSJ puede ser apelado por Biasi y Chiesa para que intervenga la Corte Suprema de Justicia de la Nación.


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