17.10.2026 / ESPAÑA · ELECCIONES

Ley de Nietos: un fallo amenaza el voto de miles de argentinos

El Tribunal Supremo español mantuvo una medida cautelar que puede impedir votar el 29 de noviembre a miles de ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad por la llamada Ley de Nietos. Argentina es el país con más electores españoles en el exterior y solo en Buenos Aires unos 18.000 expedientes están alcanzados por la revisión.



El Tribunal Supremo de España mantuvo la suspensión cautelar del derecho al voto de ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad a través de la denominada "Ley de Nietos", una decisión que puede dejar afuera de las elecciones generales del 29 de noviembre a miles de argentinos. En todo el mundo hay 163.020 personas potencialmente alcanzadas por la medida, aunque no todas quedarán finalmente excluidas.

El impacto es especialmente importante en Argentina. El país tiene 520.203 personas inscriptas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), el mayor padrón español fuera de España, y sumó 85.599 nuevos electores desde 2023, en buena medida a partir de las nacionalizaciones vinculadas con la Ley de Memoria Democrática.

Según fuentes diplomáticas citadas por EFE, solamente en la jurisdicción del Consulado de España en Buenos Aires existen más de 18.000 expedientes afectados por la decisión. La cifra para toda la Argentina podría, como mínimo, duplicar ese número, aunque todavía no existe un dato consolidado de los cinco consulados españoles que funcionan en el país.

Qué decidió el Tribunal Supremo sobre la Ley de Nietos

La controversia se originó en la aplicación de la Ley de Memoria Democrática de 2022, conocida popularmente como "Ley de Nietos". La norma abrió una vía para que hijos y nietos de españoles que sufrieron el exilio durante la Guerra Civil y la dictadura franquista pudieran obtener la nacionalidad española.

Para implementar la ley, el Gobierno español estableció una presunción según la cual quienes abandonaron España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955 podían ser considerados exiliados sin necesidad de demostrar individualmente las razones políticas, ideológicas, religiosas o vinculadas con su orientación sexual que motivaron su salida.

Esa interpretación quedó en el centro de una disputa judicial impulsada por Vox e Iustitia Europa. El 8 de septiembre, el Tribunal Supremo suspendió cautelarmente la incorporación al CERA de personas nacionalizadas por esa vía y también los efectos electorales de determinadas inscripciones ya realizadas. El 12 de octubre rechazó los pedidos de la Abogacía del Estado y la Fiscalía para levantar la cautelar antes de las elecciones.

El Supremo argumentó que el derecho al sufragio "no es un derecho de carácter absoluto" y sostuvo que debe ponderarse frente al interés general de garantizar la veracidad del censo electoral y evitar posibles irregularidades.

Quiénes podrán votar y quiénes podrían quedar afuera

La decisión no significa que todos los ciudadanos que consiguieron la nacionalidad mediante la Ley de Nietos hayan perdido automáticamente su derecho al voto.

Quienes estén inscriptos en el CERA y tengan una certificación consular que acredite documentalmente que sus antepasados fueron exiliados por las causas contempladas en la normativa podrán participar de las elecciones. El problema aparece con quienes obtuvieron la nacionalidad mediante la presunción de exilio aplicada a quienes abandonaron España entre 1936 y 1955.

El fallo obliga en la práctica a los consulados a determinar cuáles de los 163.020 electores afectados pertenecen a cada grupo. Pero la propia administración española advirtió que resulta extremadamente difícil hacerlo antes de las elecciones porque buena parte de los expedientes debería revisarse manualmente.

La situación incluso puede producir una paradoja: personas que ya votaron como ciudadanos españoles en elecciones anteriores podrían no estar habilitadas para hacerlo el próximo 29 de noviembre. Además, la cautelar afecta al censo de españoles residentes en el extranjero, mientras que ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad por la misma vía pero residen en España mantienen su derecho al sufragio.

Cinco días para reclamar

El Boletín Oficial del Estado publicó el 15 de octubre la decisión del Supremo. A partir de esa publicación, las personas afectadas cuentan con un plazo de cinco días hábiles para comparecer en el procedimiento y presentar alegaciones con abogado y procurador.

Para las organizaciones de descendientes españoles, ese plazo resulta prácticamente imposible de cumplir. El Centro de Descendientes Españoles Unidos (CeDEU) ya presentó alegaciones ante el Supremo y recurrió también al Defensor del Pueblo español para reclamar que se garantice el sufragio.

"Es una cuestión de extrema gravedad, dolor, angustia, pero sobre todo inseguridad jurídica", afirmó a EFE Juan Manuel de Hoz, referente de CeDEU en Argentina. El dirigente contó que pudo votar en las elecciones españolas de 2023 y posteriormente en comicios autonómicos, pero ahora desconoce si podrá participar en las generales de noviembre.

El calendario electoral agrega presión. La Oficina del Censo Electoral debe comenzar a enviar la documentación para votar desde el exterior entre el 24 y el 30 de octubre, por lo que los consulados disponen de pocos días para identificar los expedientes y emitir las certificaciones correspondientes.

Por qué el fallo tiene especial impacto en Argentina

Argentina ocupa un lugar central en la controversia por el peso de la colectividad española. Con 520.203 inscriptos, es actualmente el país con mayor cantidad de electores españoles residentes en el exterior. Solo el Consulado General en Buenos Aires concentra cerca de 330.000 personas en el CERA.

Además, fue el país que más nuevos votantes incorporó desde las elecciones generales de 2023: 85.599. Ese crecimiento coincidió con la aplicación de la Ley de Memoria Democrática y convirtió al voto exterior argentino en uno de los principales focos de la disputa judicial.

La incógnita ahora es cuántos de esos ciudadanos llegarán efectivamente habilitados al 29 de noviembre. Mientras los consulados revisan los expedientes, organizaciones de descendientes preparan recursos judiciales y la Fiscalía estudia posibles vías de amparo, el calendario electoral continúa corriendo. Una resolución posterior a los comicios podría definir el debate jurídico, pero ya no permitiría recuperar el voto en esta elección a quienes hayan quedado excluidos.