07.06.2024 / Medidas

El Gobierno daría marcha atrás con el decreto que autorizaba a empresas de seguros a dejar de ofrecer el servicio de grúas

La decisión se habría tomado luego de una reunión con las cámaras del sector de seguros y las autoridades de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN). El servicio de acarreo iba a quedar sólo para siniestros pero no para problemas mecánicos. Resta la publicación en el Boletín Oficial.





Luego de reunirse con las cámaras del sector de seguros y las autoridades de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), el Gobierno nacional habría tomado la decisión de revertir la medida que prohibía incluir en las pólizas de seguro automotor el acarreo por desperfectos mecánicos.

La medida -que fue autorizada por decreto- debía entrar en vigencia el 24 de julio próximo, 90 días después de ser publicada en el Boletín Oficial. Sin embargo, un grupo muy importante de compañías de seguros habían empezado a organizarse en los últimos días para dejar de prestar el servicio simultáneamente a partir del 1 de julio, adelantándose 23 días a la fecha máxima que exigía la resolución. A cambio de esa decisión, se había decidido emitir un endoso en las pólizas que sería aproximadamente de entre $600 y $800, para quedar cubiertos de eventuales acciones legales de los usuarios.

En paralelo, la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (Acuda) inició el 28 de mayo una acción colectiva contra la Superintendencia de Seguros de la Nación por la resolución que afecta derechos de los consumidores, con el objetivo de obtener la nulidad del artículo 2° de la mencionada resolución de la SSN, que elimina el servicio de remolque cuando no tiene relación con un siniestro como accidente, incendio y robo o hurto, sino para asistencia mecánica.

Según dijo la asociación, la resolución “priva a los consumidores de un beneficio que previamente estaba incluido en sus pólizas de seguro”. Además de solicitar la nulidad del artículo mencionado, Acuda presentó también una solicitud de medida cautelar para que, en lo inmediato, se mantengan los servicios de remolque en las condiciones anteriores a la entrada en vigor de la resolución impugnada.

La demanda se basó en tres ejes fundamentales como son el quebrantamiento de los intereses económicos y desequilibrio contractual, favoreciendo a las aseguradoras y colocando a los consumidores en una posición desventajosa. Los consumidores tendrían que pagar prácticamente el mismo precio por una póliza que ya no incluye servicios que antes estaban contemplados; la afectación del principio de buena fe ya que los consumidores confiaron en la integridad y estabilidad de los términos acordados al contratar el seguro, y la eliminación de una cobertura fundamental socava esta confianza; y el perjuicio económico debido a que la eliminación de la cobertura de remolque y asistencia mecánica no se refleja en una reducción significativa en el precio de las primas de seguro para los consumidores e implica necesariamente un mayor desembolso para proveerse del mismo servicio por medios alternativos.

Actualmente, el mercado de seguros tiene unos 12.000.000 de pólizas con asistencia, y el promedio es de 180.000 servicios por mes, lo que representa casi 6.000 acarreos o asistencias por día. De esos servicios, apenas entre el 10 y el 15% corresponden a siniestros como accidentes o incendios, y el resto son desperfectos mecánicos.